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Nuevos cambios en el sector eléctrico: la CNMC refuerza el autoconsumo colectivo

Hoy, 10 de marzo de 2025, entra en vigor la Resolución de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) de 16 de mayo de 2024 por la que se aprueban nuevos formatos de los ficheros de intercambio de información entre distribuidores y comercializadores del sector eléctrico y se revisan otros formatos.

Joel Cibil
Director Comercial Elecsum e-sharing

Pero ¿cuáles son los cambios más relevantes y qué implicaciones tienen para el autoconsumo colectivo? Vamos a desglosarlo.

Principales novedades de la Resolución

La CNMC ha introducido dos nuevos formatos para mejorar la gestión del suministro eléctrico y corregir errores administrativos:

  • Formato M2: Modificación unilateral del contrato de acceso (autoconsumo) Permite a los distribuidores actualizar un contrato de acceso cuando un punto de suministro participa en un autoconsumo colectivo o individual i cuando la solicitud la realiza un representante (Gestor de Autoconsumo Colectivo) aportando toda la documentación necesaria correspondiente a cada comunidad autónoma. Si los comercializadores implicados no responden en 10 días hábiles, el distribuidor puede modificar el contrato unilateralmente.
  • Formato E2: Reposición del servicio. Se utiliza para corregir cambios erróneos de comercializador (como los «cruces de CUPS») y devolver un suministro a su estado original. Esto protege a los consumidores ante cambios indebidos o no autorizados.

Además, se han actualizado otros formatos existentes:

  • Formato D1: Notificación de cambios en el punto de suministro, que ahora incluye procesos más ágiles para los autoconsumos colectivos.
  • Formato P0: Solicitud de información de un punto de suministro permite consultar datos tanto antes como después de contratar, reforzando el control y reduciendo errores.

El papel clave del gestor de autoconsumo colectivo

Con estos cambios, el gestor de autoconsumo colectivo juega un papel más relevante. Esta figura, mencionada como clave en la ley 31/2022, facilita la organización y el reparto de la energía generada entre los miembros del autoconsumo.

Ahora, con la introducción del formato M2, el gestor tiene un rol crucial porque:

  • Coordina la documentación necesaria (certificado de instalación, acuerdos de reparto, etc.) para comunicar los cambios al distribuidor.
  • Acelera los procesos aportando confiabilidad al centralizar las gestiones, evitando bloqueos por falta de respuesta de los comercializadores.
  • Garantiza la activación progresiva de los miembros del autoconsumo, adaptándose a las nuevas normativas.

¿Qué impacto tendrá todo esto?

  • Para los autoconsumidores: más agilidad para unirse a un autoconsumo colectivo o modificar su participación.
  • Para los distribuidores: mayor capacidad de acción sin depender de respuestas lentas de comercializadores.
  • Para el gestor de autoconsumo: un rol más técnico y activo, garantizando el correcto funcionamiento de estas comunidades energéticas.

Esta Resolución es un paso importante para consolidar las comunidades energéticas y fomentar el autoconsumo colectivo, facilitando la transición hacia un modelo energético más sostenible.

¿Cómo creéis que estos cambios afectarán a la expansión del autoconsumo colectivo en España?